Escribe: Redacción Gestión

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informa que, a partir del miércoles 26 de marzo, se inició el vencimiento para que los negocios y empresas (Rentas de Tercera Categoría) presenten la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2024, que culmina el próximo 9 de abril.
Se espera que más de 350,000 negocios y empresas cumplan con esta obligación durante este vencimiento.
¿Quiénes deben declarar?
El plazo máximo para presentar la declaración, según el último dígito de su número de RUC, aplica a los contribuyentes del Régimen General o MYPE Tributario que cumplan con las siguientes condiciones:
Que sus ingresos netos anuales sean mayores a 1700 UIT en el año 2023.
Que iniciaron operaciones en el año 2024.
Que se encuentran fuera del ámbito de aplicación de la Ley N°31,940 (personas naturales sin negocio, MYPES no comprendidas en los supuestos anteriores, entre otros).
¿Cómo presentar la declaración?
Los contribuyentes deben utilizar el Formulario Virtual 710 (simplificado o completo, según corresponda).
La Sunat ha implementado un archivo personalizado con información referencial sobre el saldo a favor, los pagos a cuenta, las retenciones del Impuesto a la Renta y el ITAN efectivamente pagado que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta del Impuesto.
Este archivo está disponible desde el 17 de febrero y se debe verificar y/o modificar, de corresponder.
Información importante:
Se recomienda verificar y consignar los datos correctos de los accionistas en la sección "100 Principales socios, asociados y otros" del Formulario Virtual 710.
El pago del impuesto, en esta oportunidad, además puede realizarse a través de la aplicación Yape.
El plazo máximo para declarar según el último dígito del RUC se muestra en el siguiente cuadro.
Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
0 | 26 de marzo de 2025 |
1 | 27 de marzo de 2025 |
2 | 28 de marzo de 2025 |
3 | 31 de marzo de 2025 |
4 | 1 de abril de 2025 |
5 | 2 de abril de 2025 |
6 | 3 de abril de 2025 |
7 | 4 de abril de 2025 |
8 | 7 de abril de 2025 |
9 | 8 de abril de 2025 |
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 9 de abril de 2025 |
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